Divorcio contencioso


Suele darse cuando las parejas no se ponen de acuerdo en las cláusulas del divorcio o cuando se solicita unilateralmente.

Este tipo de divorcio se efectúa cuando los cónyuges no alcanzan un acuerdo amistoso en las condiciones o  cuando lo solicita uno sin el consentimiento del otro. Normalmente, se da en caso en los que, aunque ambas partes están de acuerdo en divorciarse, no llegan a un acuerdo en las medidas del convenio regulador, por ejemplo, en cuanto a la custodia de los hijos o el reparto de bienes, y prefieren dejarlo en manos de un juez.

Reparto de bienes

En este método, se celebra un juicio para que las partes puedan exponer sus razones y defender las medidas que desean que se apliquen a su favor, pero será el juez quien dictamine cómo se realizará el reparto de bienes comunes. En la demanda de divorcio contencioso, se debe expresar el motivo por el que este se solicita, aunque no es necesario justificarlo.

Patria potestad

Si la pareja hubiera tenido descendencia, hay que asignar la patria potestad sobre los hijos. Normalmente, suele ser compartida a no ser que uno de los cónyuges esté incapacitado para tomar decisiones sobre los hijos o renuncie a la patria potestad, lo cual no implica que se renuncie al régimen de visitas, vacaciones, etc.

Guarda y custodia

También debe solicitarse la asignación de la guarda y custodia de los hijos y el régimen de vistas. Durante el juicio, se escuchará a ambas partes para tomar la mejor decisión en favor de los hijos. 

Pensión alimenticia

A continuación, se tratará el tema de la pensión alimenticia, justificando los gastos de los hijos. En caso de que la guarda y custodia sea compartida, se abrirá una cuenta bancaria conjunta al nombre del descendiente en la que se ingresará la cantidad acordada cada mes.

Pensión compensatoria

La pensión compensatoria corresponde al cónyuge y se concederá en caso de haber abandonado el puesto de trabajo para poder encargarse del cuidado de los hijos. Asimismo, la vivienda familiar pasará a disposición del cónyuge encargado de la guarda y custodia.

[action full_width=»yes» content_in_grid=»yes» type=»normal» text_font_weight=»» show_button=»yes» background_color=»#999999″ button_text=»CONTACTA» button_link=»https://mariapilaralda.com/contacto/» button_text_color=»#999999″ button_hover_text_color=»#ffffff» button_background_color=»#ffffff» button_hover_background_color=»#999999″]SI NECESITAS ASESORÍA O HACER CUALQUIER CONSULTA, PONTE EN CONTACTO CONMIGO.[/action]

Deja una respuesta

Abrir chat