La herencia es el acto jurídico mediante el cual cualquier persona que fallece transmite sus bienes, sus derechos y también sus obligaciones, como por ejemplo las deudas, a otra u otras personas, los denominados herederos. Puede plasmarse en un documento denominado testamento, por lo que es muy importante contar con la ayuda de un profesional tanto para redactar la herencia como para aceptarla.
En el primer lugar, puede evitar malentendidos o problemas para los herederos, mientras que en el segundo caso, hay que tener en cuenta todo lo que conlleva una herencia, ya que en ocasiones puede conllevar una deuda. Por ello, antes de convertirse en herederos, es necesaria la declaración de aceptación de la herencia. Esta puede presentarse de manera expresa, mediante escritura notarial o documento privado, o de manera tácita, realizando actos que dan a entender que se acepta.
La herencia puede repartirse según lo establecido en el testamento, pero también mediante un pacto o por disposición de ley, siendo estos tres modos compatibles entre sí. El modo en el que se llevará a cabo la sucesión lo puede elegir libremente el transmisor, únicamente limitado por la ley.
Aceptación de la herencia
Como cuando una persona acepta la herencia no solo está aceptando parte de su patrimonio, sino también las deudas y obligaciones de esta persona, es recomendable aceptar la herencia solo cuando el importe de las deudas sea menor al patrimonio. A la hora de aceptarla, se puede hacer de manera expresa o de manera tácita, aunque en los casos en los que el heredero tiene pensado vender alguna de las propiedades es obligatorio recurrir a la escritura notarial. Por ejemplo, en el caso de la vivienda familiar, primero debe pasar a nombre del beneficiario antes de emprender acciones sobre ella.
Otra forma de aceptar la herencia es como beneficio de inventario. De este modo, solo se hará frente a las deudas que el importe de bienes heredados permita. Esta modalidad se debe realizar obligatoriamente ante un notario, o en caso de encontrarse en el extranjero, ante un agente consular.
En el caso de las personas incapacitadas, dependerá de los límites de su incapacidad y será el tutor o curador el encargado de administrar sus bienes. Si el tutor o curador aceptase la herencia con todos los bienes y derechos o la quisiera rechazar necesitaría una autorización judicial.
La última opción es rechazar completamente la herencia, pero al hacerlo se perderá todo el derecho al patrimonio, así como el deber de responder a las deudas.