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    Separación legal - Maria Pilar Alda
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    Separación legal

    No supone el fin del matrimonio, sino de la convivencia y vida en común de los cónyuges, que podrán iniciar una vida independiente.

    La separación legal no supone el fin del matrimonio, simplemente pone punto final a la convivencia y vida en común entre los cónyuges, que se verá reflejado en un acuerdo ratificado por un juez. Esto implica que la pareja no puede volver a contraer matrimonio sin antes solicitar una demanda de divorcio, no obstante, cada miembro puede iniciar una vida independiente y vivir con otras personas. Además, se realiza la liquidación de bienes gananciales para que, a partir de la separación, no haya ningún tipo de vínculo patrimonial.

     

    Para poder solicitar la separación legal, han tenido que pasar tres meses desde que se celebró la boda y los cónyuges deben otorgarles poderes a los abogados y procuradores a través del Poder General para pleito.

    SEPARACIÓN DE HECHO

    La separación de hecho se produce a petición de uno de los cónyuges con el consentimiento del otro o de mutuo acuerdo.

    SEPARACIÓN JUDICIAL

    La separación judicial se produce cuando no existe acuerdo de separación o solo uno de los cónyuges presenta la demanda.

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